domingo, 23 de abril de 2017
Relajan norma de emisión de azufre que favorecerá reactivación del Complejo Metalúrgico de La Oroya
http://gestion.pe/economia/relajan-norma-emision-azufre-que-favorecera-reactivacion-complejo-metalurgico-oroya-2187011
Mediante la resolución N° 94-2017-MINAM publicada, el Ministerio del Ambiente publicó el proyecto de Decreto Supremo que modifica el Estándar de Calidad Ambiental (ECA) para aire, el cual será sometido a consulta pública por un plazo de diez días hábiles.
El ECA para aire está compuesto por diez parámetros, pero el que podría generar mayor controversia es el relacionado al dióxido de azufre.
El proyecto del ministerio eleva el parámetro de emisión de dióxido de azufre de 20 a 250 microgramos por m3.
Esta flexibilización venía siendo solicitada tanto por los trabajadores como posibles nuevos inversores del Complejo Metalúrgico de La Oroya. Tal es así que las primera subastas del complejo realizadas en las últimas semanas no tuvieron éxito pues se estaba a la espera de este cambio en la normativa ambiental.
Al respecto, el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre, refirió que el cambio se dio teniendo en cuenta que otros países como Chile y Colombia tienen el parámetro de 250, por lo que el límite de 20 resultaba muy exigente.
“La Organización Mundial de la Salud recomienda el límite de 20 como valor meta, como valor ideal, pero también establece valores intermedios. Ningún país del mundo tiene los 20. La propuesta está más acorde con la realidad”, señaló Alegre a Gestión.pe.
El viceministro indicó que con el nuevo estándar se podrá generar una mayor competitividad en nuestra economía “y también se protege a la salud”, subrayó Alegre y agregó que tras la recepción de comentarios, en un mes la nueva normativa podría ser oficializada.
Asimismo, el viceministro aclaró que la ciudad de La Oroya cuenta con una norma especial, emitida el 2013, que le permite tener un nivel de emisión de dióxido de azufre de hasta 365 microgramos por m3.
Nuevos estándares
El ECA para aire está compuesto por diez parámetros: benceno, dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, plomo, material particulado PM2,5, material particulado PM10, monóxido de carbono, hidrocarburos totales (expresados como hexano), ozono y sulfuro de hidrógeno, cada uno de los cuales tienen un valor específico.
El ministerio sostiene que la propuesta de norma sincera los indicadores de estos parámetros, con el objetivo de mejorar la calidad del aire.
“Algunos de los parámetros más sensibles como el indicador de plomo no se ha modificado. Se sincera el material particulado PM10 de 150 a 100 haciéndolo más estricto respecto al nivel de partículas en el aire. Asimismo, se incluye el parámetro mercurio, teniendo en consideración los efectos que puede generar en la salud humana”, señaló el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre.
Agregó que la normatividad vigente es dispersa y requería ser actualizada a la luz de los cambios normativos e institucionales registrados en los últimos 16 años, desde la aprobación de los primeros ECA para aire.
“Se trata de un estándar nacional, que considera las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, así como la evaluación efectuada por la OCDE en la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú, las Recomendaciones 25 y 26, así como los Objetivos de Desarrollo Sostenible hacia el 2030”, anotó.
El Estándar de Calidad Ambiental (ECA) es la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el ambiente (aire, agua o suelo) que no representa riesgo significativo para la salud de personas ni del ambiente.
Para conocer el proyecto completo que propone el nuevo ECA para el aire puede hacer click en este enlace.
El ECA para aire está compuesto por diez parámetros, pero el que podría generar mayor controversia es el relacionado al dióxido de azufre.
El proyecto del ministerio eleva el parámetro de emisión de dióxido de azufre de 20 a 250 microgramos por m3.
Esta flexibilización venía siendo solicitada tanto por los trabajadores como posibles nuevos inversores del Complejo Metalúrgico de La Oroya. Tal es así que las primera subastas del complejo realizadas en las últimas semanas no tuvieron éxito pues se estaba a la espera de este cambio en la normativa ambiental.
Al respecto, el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre, refirió que el cambio se dio teniendo en cuenta que otros países como Chile y Colombia tienen el parámetro de 250, por lo que el límite de 20 resultaba muy exigente.
“La Organización Mundial de la Salud recomienda el límite de 20 como valor meta, como valor ideal, pero también establece valores intermedios. Ningún país del mundo tiene los 20. La propuesta está más acorde con la realidad”, señaló Alegre a Gestión.pe.
El viceministro indicó que con el nuevo estándar se podrá generar una mayor competitividad en nuestra economía “y también se protege a la salud”, subrayó Alegre y agregó que tras la recepción de comentarios, en un mes la nueva normativa podría ser oficializada.
Asimismo, el viceministro aclaró que la ciudad de La Oroya cuenta con una norma especial, emitida el 2013, que le permite tener un nivel de emisión de dióxido de azufre de hasta 365 microgramos por m3.
Nuevos estándares
El ECA para aire está compuesto por diez parámetros: benceno, dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, plomo, material particulado PM2,5, material particulado PM10, monóxido de carbono, hidrocarburos totales (expresados como hexano), ozono y sulfuro de hidrógeno, cada uno de los cuales tienen un valor específico.
El ministerio sostiene que la propuesta de norma sincera los indicadores de estos parámetros, con el objetivo de mejorar la calidad del aire.
“Algunos de los parámetros más sensibles como el indicador de plomo no se ha modificado. Se sincera el material particulado PM10 de 150 a 100 haciéndolo más estricto respecto al nivel de partículas en el aire. Asimismo, se incluye el parámetro mercurio, teniendo en consideración los efectos que puede generar en la salud humana”, señaló el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre.
Agregó que la normatividad vigente es dispersa y requería ser actualizada a la luz de los cambios normativos e institucionales registrados en los últimos 16 años, desde la aprobación de los primeros ECA para aire.
“Se trata de un estándar nacional, que considera las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, así como la evaluación efectuada por la OCDE en la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú, las Recomendaciones 25 y 26, así como los Objetivos de Desarrollo Sostenible hacia el 2030”, anotó.
El Estándar de Calidad Ambiental (ECA) es la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el ambiente (aire, agua o suelo) que no representa riesgo significativo para la salud de personas ni del ambiente.
Para conocer el proyecto completo que propone el nuevo ECA para el aire puede hacer click en este enlace.
Pulgar Vidal: Perú perdería demanda por US$ 800 millones del expropietario de Doe Run tras flexibilizar norma ambiental
http://gestion.pe/economia/pulgar-vidal-peru-perderia-demanda-us-800-millones-expropietario-doe-run-flexibilizar-norma-ambiental-2187795
A inicios de este mes (abril 2017) el Ministerio del Ambiente (Minam) publicó un proyecto de Decreto Supremo que modifica el Estándar de Calidad Ambiental (ECA) para el aire.
En el caso del dióxido de azufre, el proyecto del ministerio eleva el parámetro de emisión permitida de dióxido de azufre diario de 20 a 250 microgramos por m3.
Esta flexibilización venía siendo solicitada por los posibles nuevos inversores del Complejo Metalúrgico de La Oroya (CMLO).
Tal es así que las primeras subastas del complejo realizadas en las últimas semanas no tuvieron éxito pues se estaba a la espera de este cambio en la normativa ambiental.
No obstante, la nueva normativa ambiental también genera riesgos judiciales para el Perú. En julio del 2016 el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) desestimó una demanda por US$ 800 millones interpuesta por The Renco Group –anterior propietario de Doe Run- en contra del Estado peruano.
En aquel momento, The Renco Group calificó de “insignificante” la victoria de Perú, pues indicó que el CIADI desestimó la demanda por motivos técnicos legales y no por cuestiones de fondo, por lo cual prepararían una nueva reclamación ante el CIADI, subsanando los requerimientos.
Al respecto, el exministro del Ambiente, Manuel Pulgar Vidal, advirtió que el reciente cambio normativo ambiental dado por el Gobierno abre el camino del triunfo a The Renco Group, pues uno de los argumentos de la demanda ante el CIADI era que ellos acusaban de sufrir un “trato discriminatorio”, pues no se les permitió flexibilizar la normativa ambiental, cuando a otras empresas sí.
Pulgar Vidal subraya que la nueva flexibilización ambiental da ventajas a los postores que buscan adquirir el CMLO, lo cual reforzará la tesis de The Renco Group de haber sufrido discriminación.
“Estamos en altísimo riesgo de que el Perú reciba una nueva demanda y perderla. A Renco se le exigió un estándar que no pudo cumplir y ahora este se flexibiliza; entonces ellos podrán decir que fueron discriminados”, subrayó el exministro a Gestión.pe.
Al respecto, el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre, descartó este riesgo para el Estado.
“No tiene conexión una cosa con la otra. El Perú es soberano para realizar las modificiones que crea conveniente”, indicó el funcionario a Gestión.pe.
Impacto ambiental
Pero además de este riesgo judicial, Pulgar Vidal sostiene que el problema de fondo es la “innecesaria flexibilización” que se ha dado en la normativa ambiental, lo cual afectará a la salud de las personas.
El exministro explicó que en la mayoría de ciudades se cumple con el estándar de emisión máxima diaria de dióxido de azufre de 20 microgramos por m3.
“Ahora, con la flexibilización, la señal política es que ese estándar ya no será exigible y no habrá mayor control sobre las emisiones. Este es un retroceso a los estándares de los ochentas”, advirtió.
Asimismo, Pulgar Vidal criticó que uno de los argumentos del cambio normativo sea el fomentar la competitividad de nuestra economía.
“Este es un error conceptual. Los estándares no son para generar competitividad sino para proteger la salud de las personas”, anotó.
Por otro lado, el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre, refirió que el cambio se dio teniendo en cuenta que otros países como Chile y Colombia tienen el parámetro de 250, por lo que el límite de 20 resultaba muy exigente.
Sobre ello, Pulgar Vidal refirió que Chile ahora está buscando hacer más estricto su ECA. “Esa es la tendencia”, apuntó.
A inicios de este mes (abril 2017) el Ministerio del Ambiente (Minam) publicó un proyecto de Decreto Supremo que modifica el Estándar de Calidad Ambiental (ECA) para el aire.
En el caso del dióxido de azufre, el proyecto del ministerio eleva el parámetro de emisión permitida de dióxido de azufre diario de 20 a 250 microgramos por m3.
Esta flexibilización venía siendo solicitada por los posibles nuevos inversores del Complejo Metalúrgico de La Oroya (CMLO).
Tal es así que las primeras subastas del complejo realizadas en las últimas semanas no tuvieron éxito pues se estaba a la espera de este cambio en la normativa ambiental.
No obstante, la nueva normativa ambiental también genera riesgos judiciales para el Perú. En julio del 2016 el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) desestimó una demanda por US$ 800 millones interpuesta por The Renco Group –anterior propietario de Doe Run- en contra del Estado peruano.
En aquel momento, The Renco Group calificó de “insignificante” la victoria de Perú, pues indicó que el CIADI desestimó la demanda por motivos técnicos legales y no por cuestiones de fondo, por lo cual prepararían una nueva reclamación ante el CIADI, subsanando los requerimientos.
Al respecto, el exministro del Ambiente, Manuel Pulgar Vidal, advirtió que el reciente cambio normativo ambiental dado por el Gobierno abre el camino del triunfo a The Renco Group, pues uno de los argumentos de la demanda ante el CIADI era que ellos acusaban de sufrir un “trato discriminatorio”, pues no se les permitió flexibilizar la normativa ambiental, cuando a otras empresas sí.
Pulgar Vidal subraya que la nueva flexibilización ambiental da ventajas a los postores que buscan adquirir el CMLO, lo cual reforzará la tesis de The Renco Group de haber sufrido discriminación.
“Estamos en altísimo riesgo de que el Perú reciba una nueva demanda y perderla. A Renco se le exigió un estándar que no pudo cumplir y ahora este se flexibiliza; entonces ellos podrán decir que fueron discriminados”, subrayó el exministro a Gestión.pe.
Al respecto, el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre, descartó este riesgo para el Estado.
“No tiene conexión una cosa con la otra. El Perú es soberano para realizar las modificiones que crea conveniente”, indicó el funcionario a Gestión.pe.
Impacto ambiental
Pero además de este riesgo judicial, Pulgar Vidal sostiene que el problema de fondo es la “innecesaria flexibilización” que se ha dado en la normativa ambiental, lo cual afectará a la salud de las personas.
El exministro explicó que en la mayoría de ciudades se cumple con el estándar de emisión máxima diaria de dióxido de azufre de 20 microgramos por m3.
“Ahora, con la flexibilización, la señal política es que ese estándar ya no será exigible y no habrá mayor control sobre las emisiones. Este es un retroceso a los estándares de los ochentas”, advirtió.
Asimismo, Pulgar Vidal criticó que uno de los argumentos del cambio normativo sea el fomentar la competitividad de nuestra economía.
“Este es un error conceptual. Los estándares no son para generar competitividad sino para proteger la salud de las personas”, anotó.
Por otro lado, el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre, refirió que el cambio se dio teniendo en cuenta que otros países como Chile y Colombia tienen el parámetro de 250, por lo que el límite de 20 resultaba muy exigente.
Sobre ello, Pulgar Vidal refirió que Chile ahora está buscando hacer más estricto su ECA. “Esa es la tendencia”, apuntó.
MINAM pre publica Estándar de Calidad Ambiental para Aire
http://www.minam.gob.pe/cambioclimatico/2017/04/08/minam-pre-publica-estandar-de-calidad-ambiental-para-aire-a-fin-de-recibir-sugerencias-y-comentarios-de-la-ciudadania/
Lima 08 de abril de 2017.- El Ministerio del Ambiente (MINAM) pre publicó para recoger comentarios y sugerencias de la ciudadanía al proyecto de Decreto Supremo que modifica el Estándar de Calidad Ambiental (ECA) para Aire, mediante Resolución Ministerial N° 94-2017-MINAM publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
El ECA para Aire contiene una serie de indicadores de la calidad del aire, cuyo objetivo principal es el cuidado de la salud de la población, y se monitorea con estaciones ubicadas en algunos puntos de diversas ciudades a nivel nacional. Es importante resalta que los ECA no están relacionados con mediciones realizadas en las fuentes de emisión, como pueden ser las chimeneas de industrias o los tubos de escape de los autos, sino que estos representan el nivel de la calidad del aire que se respira en el barrio o en un parque.
Actualmente, el ECA para Aire está compuesto por diez parámetros: benceno, dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, plomo, material particulado PM2,5, material particulado PM10, monóxido de carbono, hidrocarburos totales (expresados como hexano), ozono y sulfuro de hidrogeno, cada uno de los cuales tienen un valor específico bajo el cual no representaría un riesgo significativo a la salud. La propuesta normativa sincera los indicadores de cuatro de estos parámetros, con el objetivo de mejorar la gestión de la calidad del aire, como parte de otras medidas que viene tomando el Ministerio del Ambiente, y que en conjunto llevarán a mejorar las condiciones de calidad ambiental para la población.
Respecto de la actualización de los parámetros que representan mayor riesgo probado a la salud de la población:
i) Se sincera el material particulado PM10 de 150 a 100 para 24 horas, haciéndolo más estricto respecto al nivel de partículas en el aire; y se establece el valor de PM2,5 para 24 horas en correspondencia a la revisión establecida para el PM10. Asimismo, se adiciona un nuevo valor anual para el PM2,5.
ii) Se agrega el ECA para mercurio como un nuevo parámetro de medición, y se retira el ECA para el parámetro hidrocarburos totales expresados como hexano, considerando la baja relación de este parámetro con efectos en la salud.
iii) El parámetro plomo en PM10 mantiene sus valores en un nivel adecuado que no representan riesgo a la salud.
El viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre, explicó que la normatividad vigente es dispersa y requería ser actualizada a la luz de los cambios normativos e institucionales registrados en los últimos 16 años, desde la aprobación de los primeros ECA para Aire. “Se trata de un estándar nacional, que considera las recomendaciones del Organismo Mundial de la Salud, así como la evaluación efectuada por la OCDE en la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú, las Recomendaciones 25 y 26, así como los Objetivos de Desarrollo Sostenible hacia el 2030”, anotó.
La preparación de este proyecto normativo se inició en el 2016 y está a cargo de un Grupo de Trabajo, integrado por diferentes direcciones del Ministerio del Ambiente, con el objetivo de establecer medidas para optimizar la calidad ambiental, contando con los aportes de otros sectores involucrados, como el Ministerio de Salud, y gremios del sector privado. Asimismo, se contó con la asistencia técnica de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA) y la Agencia de Cooperación Alemana GIZ.
El proyecto de Decreto Supremo está publicado en el portal institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe/consultaspublicas) para recibir las opiniones y sugerencias de los ciudadanos por un plazo de diez (10) días hábiles. Las opiniones y/o sugerencias deben presentarse vía correo electrónico a la siguiente dirección: ecaylmp@minam.gob.pe, o por escrito al Ministerio del Ambiente (Av. Javier Prado 1440, San Isidro).
A tener en cuenta
El Estándar de Calidad Ambiental – ECA es la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el ambiente (aire, agua o suelo) que no representa riesgo significativo para la salud de personas ni del ambiente.
Finalmente, es preciso mencionar que el MINAM con el apoyo del Banco Mundial logró la aprobación del Programa de Inversión denominado “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a nivel nacional”. Este Programa de Inversión implementará 6 redes de monitoreo que implican la instalación de hasta 17 estaciones de monitoreo de la calidad del aire en 6 ciudades del país (Chiclayo, Cusco, Huancayo, Iquitos, Piura y Trujillo), así como las mejoras de la efectividad de la red de calidad de aire en el área metropolitana Lima-Callao.
Lima 08 de abril de 2017.- El Ministerio del Ambiente (MINAM) pre publicó para recoger comentarios y sugerencias de la ciudadanía al proyecto de Decreto Supremo que modifica el Estándar de Calidad Ambiental (ECA) para Aire, mediante Resolución Ministerial N° 94-2017-MINAM publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
El ECA para Aire contiene una serie de indicadores de la calidad del aire, cuyo objetivo principal es el cuidado de la salud de la población, y se monitorea con estaciones ubicadas en algunos puntos de diversas ciudades a nivel nacional. Es importante resalta que los ECA no están relacionados con mediciones realizadas en las fuentes de emisión, como pueden ser las chimeneas de industrias o los tubos de escape de los autos, sino que estos representan el nivel de la calidad del aire que se respira en el barrio o en un parque.
Actualmente, el ECA para Aire está compuesto por diez parámetros: benceno, dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, plomo, material particulado PM2,5, material particulado PM10, monóxido de carbono, hidrocarburos totales (expresados como hexano), ozono y sulfuro de hidrogeno, cada uno de los cuales tienen un valor específico bajo el cual no representaría un riesgo significativo a la salud. La propuesta normativa sincera los indicadores de cuatro de estos parámetros, con el objetivo de mejorar la gestión de la calidad del aire, como parte de otras medidas que viene tomando el Ministerio del Ambiente, y que en conjunto llevarán a mejorar las condiciones de calidad ambiental para la población.
Respecto de la actualización de los parámetros que representan mayor riesgo probado a la salud de la población:
i) Se sincera el material particulado PM10 de 150 a 100 para 24 horas, haciéndolo más estricto respecto al nivel de partículas en el aire; y se establece el valor de PM2,5 para 24 horas en correspondencia a la revisión establecida para el PM10. Asimismo, se adiciona un nuevo valor anual para el PM2,5.
ii) Se agrega el ECA para mercurio como un nuevo parámetro de medición, y se retira el ECA para el parámetro hidrocarburos totales expresados como hexano, considerando la baja relación de este parámetro con efectos en la salud.
iii) El parámetro plomo en PM10 mantiene sus valores en un nivel adecuado que no representan riesgo a la salud.
El viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre, explicó que la normatividad vigente es dispersa y requería ser actualizada a la luz de los cambios normativos e institucionales registrados en los últimos 16 años, desde la aprobación de los primeros ECA para Aire. “Se trata de un estándar nacional, que considera las recomendaciones del Organismo Mundial de la Salud, así como la evaluación efectuada por la OCDE en la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú, las Recomendaciones 25 y 26, así como los Objetivos de Desarrollo Sostenible hacia el 2030”, anotó.
La preparación de este proyecto normativo se inició en el 2016 y está a cargo de un Grupo de Trabajo, integrado por diferentes direcciones del Ministerio del Ambiente, con el objetivo de establecer medidas para optimizar la calidad ambiental, contando con los aportes de otros sectores involucrados, como el Ministerio de Salud, y gremios del sector privado. Asimismo, se contó con la asistencia técnica de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA) y la Agencia de Cooperación Alemana GIZ.
El proyecto de Decreto Supremo está publicado en el portal institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe/consultaspublicas) para recibir las opiniones y sugerencias de los ciudadanos por un plazo de diez (10) días hábiles. Las opiniones y/o sugerencias deben presentarse vía correo electrónico a la siguiente dirección: ecaylmp@minam.gob.pe, o por escrito al Ministerio del Ambiente (Av. Javier Prado 1440, San Isidro).
A tener en cuenta
El Estándar de Calidad Ambiental – ECA es la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el ambiente (aire, agua o suelo) que no representa riesgo significativo para la salud de personas ni del ambiente.
Finalmente, es preciso mencionar que el MINAM con el apoyo del Banco Mundial logró la aprobación del Programa de Inversión denominado “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a nivel nacional”. Este Programa de Inversión implementará 6 redes de monitoreo que implican la instalación de hasta 17 estaciones de monitoreo de la calidad del aire en 6 ciudades del país (Chiclayo, Cusco, Huancayo, Iquitos, Piura y Trujillo), así como las mejoras de la efectividad de la red de calidad de aire en el área metropolitana Lima-Callao.
Gobierno peruano enfrenta la deforestación en la Amazonía 2017
http://www.minam.gob.pe/cambioclimatico/2017/04/19/gobierno-peruano-actua-de-manera-concertada-para-enfrentar-la-deforestacion-en-la-amazonia/
Lima, 7 de marzo de 2017.- En el Perú, la tasa de deforestación anual es cerca de 150 mil hectáreas, lo que equivale a toda la superficie del departamento de Lima. Esto se ve reflejado en el 51% de nuestras emisiones de Gases de Efecto Invernadero, que provienen precisamente del sector de Uso del Suelo, Cambio de Uso del Suelo y Silvicultura.
Lima, 7 de marzo de 2017.- En el Perú, la tasa de deforestación anual es cerca de 150 mil hectáreas, lo que equivale a toda la superficie del departamento de Lima. Esto se ve reflejado en el 51% de nuestras emisiones de Gases de Efecto Invernadero, que provienen precisamente del sector de Uso del Suelo, Cambio de Uso del Suelo y Silvicultura.
Es por ello que el Gobierno peruano viene trabajando en la gestión y el aprovechamiento adecuado de los recursos naturales, especialmente de los bosques como activos para el desarrollo debido a su importante contribución social, económica y ambiental. “Los bosques secuestran carbono y por tanto nos ayudan a combatir el cambio climático, son hábitats para miles de especies, evitan la erosión de los suelos, previenen los deslizamientos de tierra y regulan el clima del planeta. Y evidentemente las medidas vinculadas a este sector son la piedra angular de nuestras Contribuciones Nacionalmente Determinadas”, señaló Rosa Morales Saravia, Directora General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos, del Ministerio del Ambiente (MINAM).
En ese sentido, la Directora General sostuvo que el Perú planteó ante la comunidad internacional compromisos voluntarios para detener la deforestación en la Conferencia de las Partes – COP 14 de Poznan, llevada a cabo en Polonia en el año 2008. Pero es con el Acuerdo de París, aprobado el 12 de diciembre de 2015 en la COP21, y que entró en vigencia el 04 de noviembre de 2016, que los países se comprometen a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero y evitar el incremento en 2 grados centígrados de temperatura media en el planeta. “Este Acuerdo representa un paso decisivo como país para desarrollarnos y seguir creciendo de manera competitiva, eficiente y limpia, preparándonos para hacer frente a los impactos del cambio climático, al tiempo que la sociedad revalora su relación con el ambiente”, agregó.
Estas declaraciones fueron realizadas en el marco del Foro Público “Compromisos Internacionales de Cero Deforestación y Política Nacional de Promoción de Expansión de Monocultivos Agroindustriales en la Amazonía”, organizado por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, del Congreso de la República, realizado el pasado 3 de marzo del presente.
A su turno, César Calmet Delgado, Coordinador del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación al Cambio Climático, del MINAM, destacó la importancia de la acción concertada con que viene trabajando el Gobierno peruano para combatir la deforestación. Un claro ejemplo de ello son los importantes avances en la detección de la deforestación en el Perú, a través de la herramienta del Geobosques que detecta la deforestación en tiempo real.
“La plataforma de Geobosques es una herramienta que facilita el proceso de toma de decisiones y ha permitido el trabajo articulado con la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) y la Policía, a partir de la información generada en el marco del Módulo de Monitoreo de la Cobertura de Bosques. La FEMA usa esta información para hacer sobrevuelos donde el módulo de alerta temprana indica que hay inicios de deforestación y penaliza estas acciones. Pero no solo ello, con el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) trabajamos en conjunto para extraer los datos de los focos de la deforestación; y ahora con AGROBANCO hemos firmado un Convenio para georeferenciar de dónde provienen las solicitudes de crédito. De esta manera se garantiza que quienes acceden a los créditos no lo usen para deforestar”, puntualizó.
Asimismo, César Calmet sostuvo que uno de los objetivos a corto plazo es promover que los Gobiernos Regionales usen la plataforma del Geobosques para que implementen acciones de control y vigilancia en sus territorios. Asimismo, sostuvo que a fines de marzo el Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación al Cambio Climático abrirá una oficina en Loreto para trabajar inicialmente con 10 comunidades nativas.
Para obtener mayor información sobre la plataforma de monitoreo de los cambios sobre la cobertura de los bosques – Geobosques, se puede acceder a: https://goo.gl/4x1BDD
En ese sentido, la Directora General sostuvo que el Perú planteó ante la comunidad internacional compromisos voluntarios para detener la deforestación en la Conferencia de las Partes – COP 14 de Poznan, llevada a cabo en Polonia en el año 2008. Pero es con el Acuerdo de París, aprobado el 12 de diciembre de 2015 en la COP21, y que entró en vigencia el 04 de noviembre de 2016, que los países se comprometen a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero y evitar el incremento en 2 grados centígrados de temperatura media en el planeta. “Este Acuerdo representa un paso decisivo como país para desarrollarnos y seguir creciendo de manera competitiva, eficiente y limpia, preparándonos para hacer frente a los impactos del cambio climático, al tiempo que la sociedad revalora su relación con el ambiente”, agregó.
Estas declaraciones fueron realizadas en el marco del Foro Público “Compromisos Internacionales de Cero Deforestación y Política Nacional de Promoción de Expansión de Monocultivos Agroindustriales en la Amazonía”, organizado por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, del Congreso de la República, realizado el pasado 3 de marzo del presente.
A su turno, César Calmet Delgado, Coordinador del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación al Cambio Climático, del MINAM, destacó la importancia de la acción concertada con que viene trabajando el Gobierno peruano para combatir la deforestación. Un claro ejemplo de ello son los importantes avances en la detección de la deforestación en el Perú, a través de la herramienta del Geobosques que detecta la deforestación en tiempo real.
“La plataforma de Geobosques es una herramienta que facilita el proceso de toma de decisiones y ha permitido el trabajo articulado con la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) y la Policía, a partir de la información generada en el marco del Módulo de Monitoreo de la Cobertura de Bosques. La FEMA usa esta información para hacer sobrevuelos donde el módulo de alerta temprana indica que hay inicios de deforestación y penaliza estas acciones. Pero no solo ello, con el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) trabajamos en conjunto para extraer los datos de los focos de la deforestación; y ahora con AGROBANCO hemos firmado un Convenio para georeferenciar de dónde provienen las solicitudes de crédito. De esta manera se garantiza que quienes acceden a los créditos no lo usen para deforestar”, puntualizó.
Asimismo, César Calmet sostuvo que uno de los objetivos a corto plazo es promover que los Gobiernos Regionales usen la plataforma del Geobosques para que implementen acciones de control y vigilancia en sus territorios. Asimismo, sostuvo que a fines de marzo el Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación al Cambio Climático abrirá una oficina en Loreto para trabajar inicialmente con 10 comunidades nativas.
Para obtener mayor información sobre la plataforma de monitoreo de los cambios sobre la cobertura de los bosques – Geobosques, se puede acceder a: https://goo.gl/4x1BDD
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